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Fondo de Asistencia Laboral (FAL)

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¿Qué es el FAL?

El Fondo de Asistencia Laboral (FAL), creado por la Ley 27.802, es un esquema de capitalización obligatorio mediante el cual las empresas acumulan una reserva para afrontar futuras indemnizaciones laborales.

Se financia sin un costo adicional para las empresas, dado que se descuenta un porcentaje de las contribuciones patronales al SIPA.

¿Cuál es el porcentaje que se descuenta?
• 1% - Grandes Empresas
• 2,5% - PyMEs

Usos permitidos
  • Despido sin justa causa.
  • Desvinculación por mutuo consentimiento.
  • Fallecimiento del trabajador.
  • Indemnizaciones agravadas.
  • Preaviso e integración del mes de despido.
Beneficios
  • Beneficios impositivos.
  • Patrimonio protegido: inenajenable e inembargable, con afectación específica.
  • Costos acotados: tope legal de 1% anual por todo concepto.
  • Gestión profesional del fondo, buscando maximizar el rendimiento de los aportes en el tiempo.

Diferencial de Delta AM

Más de 20 años de experiencia.

Dedicados exclusivamente a la gestión de FCIs.

Máxima calificación de Moody's Local Argentina (MQ1.ar).

Estrategia de inversión con enfoque actuarial.

Preguntas frecuentes

Es un esquema de capitalización obligatorio que le permite a los empleadores prefinanciar indemnizaciones, mediante aportes periódicos, reduciendo el impacto financiero para la empresa.
Los empleadores pueden elegir entre dos vehículos, un Fondo Común de Inversión Abierto (FCIA FAL) o un Fideicomiso Financiero. En Delta AM creemos que la estructura de los FCIA FAL es superadora por su simplicidad operativa, su robustez legal y la frecuencia diaria de valuación de las cuotapartes.
Desde Delta AM ofrecemos la gestión de Fondos Comunes de Inversión Abiertos (FCIA FAL). Hace más de 20 años nos dedicamos exclusivamente a la gestión de FCIs, trabajando con empresas e instituciones, lo que nos permite enfocar toda nuestra experiencia en dar la mejor solución a cada empleador.
Una vez elegido el vehículo, la relación queda formalizada a través del ID FAL: un número de registro unívoco que vincula a la empresa con el fondo seleccionado. Se compone del CUIT del empleador, la clave bancaria uniforme (CBU) del Fondo FAL y el número de registro FAL.
No. Cada empleador tendrá la posibilidad de elegir sólo un fondo FAL.
Sin perjuicio de las sanciones que les pueda caber, transcurrido un mes del vencimiento del periodo establecido, el ARCA notificará a la CNV, quien les asignará un fondo FAL de oficio. Por lo tanto, es muy importante que cada empleador tome la decisión de manera proactiva.
Con aportes periódicos y obligatorios calculados sobre la masa salarial: 1% para grandes empresas y 2,5% para PyMEs (clasificación de acuerdo a Resolución N° 1/2026 SEPYME). Se descuenta de las contribuciones patronales al SIPA, sin generar un costo adicional para el empleador.
No. La Ley 27.802 establece que los recursos de un fondo FAL pueden provenir eventualmente de: los aportes periódicos y obligatorios del empleador, los rendimientos de las inversiones, las contribuciones voluntarias del propio empleador, las donaciones o legados que reciba el fondo, y cualquier otro ingreso no contemplado en los puntos anteriores.
Ciertos instrumentos en pesos emitidos y negociados en Argentina: deuda soberana, provincial y corporativa, y depósitos en entidades financieras autorizadas por el BCRA, dentro de los límites que fija la normativa. Por eso, en Delta AM ofrecemos un enfoque actuarial que busca optimizar la inversión de los recursos, considerando las obligaciones futuras esperadas del fondo. Procurando un equilibrio entre liquidez, riesgo y rentabilidad, teniendo en cuenta el horizonte de inversión.
Los rendimientos se reinvierten y pasan a integrar el patrimonio del fondo, junto con el resto de los aportes que recibe el fondo.
Los fondos acumulados, aportes y rendimientos, sólo pueden rescatarse para afrontar pagos de carácter indemnizatorio. El fondo podrá utilizarse una vez cumplidos los seis meses de carencia, a partir del primer aporte mensual.
No. Sólo empleados con al menos 12 meses de antigüedad cumpliendo las condiciones de usos permitidos. Se excluyen trabajadores de industria de la construcción, casas particulares y empleados públicos.
El empleador sigue siendo responsable por la diferencia. El FAL es una herramienta de financiamiento parcial, no una garantía de pago total de la indemnización.
No. El FAL no cubre gastos relacionados a renuncias ni jubilaciones.
Agentes de Administración de Productos de Inversión Colectiva (AAPIC) que, al momento de la constitución del PIC FAL, cumplan estos requisitos: ser Fiduciarios Financieros inscriptos en la CNV con al menos diez Fideicomisos Financieros vigentes con oferta pública de valores fiduciarios y un monto en circulación no menor a UVA 50.000.000, o ser Sociedades Gerentes de FCI que administren al menos diez FCIs con un patrimonio conjunto no menor a UVA 50.000.000.
Las EH, como Delta AM, ya se encuentran disponibles para acompañar a los empleadores en el proceso de evaluación y elección de su FAL. Una vez que la CNV y ARCA publiquen la reglamentación final, quedarán establecidos los procedimientos para dar de alta el ID FAL, de manera de cumplir con los plazos previstos para la realización del primer aporte.